Nuevo Régimen de Gradualidad - SUNAT
RÉGIMEN DE GRADUALIDAD - INCLUSIÓN DEL ART. 178º
NUMERALES 1, 4 Y 5 DEL TUO DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
Resolución de Superintendencia Nº 180-2012/SUNAT
Mediante la presente resolución se incorpora al Régimen de Gradualidad establecido en el Reglamento aprobado por Resolución de Superintendencia 063-2007/SUNAT, la gradualidad aplicable a las sanciones por las infracciones tipificadas en los numerales 1, 4 y 5 del Art. 178º del TUO del Código Tributario.
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